La nómina: conceptos y requisitos
En este tutorial vamos a comentar cada uno de los conceptos que nos aparecen en el recibo de los sarios y requisitos mínimos que tienen que figurar en éste.
El recibo de nóminas lo podemos dividir en 4 partes: el encabezado, devengo, deducciones y líquido a percibir. (Ver modelo oficial de nómina, si está interesado puede descargarse la plantilla en formato Excel click en
Plantilla nómina (25,5 KiB, 17.849 hits)
EL ENCABEZADO
En el encabezado de una nómina deben figurar los datos de la empresa y el trabajador.
Empresa
- Razón social
- Domicilio de la empresa o centro de trabajo
- Código de Identificación fiscal
- Cuenta de cotización
Trabajador
- Nombre y apellidos
- Número de identificación fiscal
- Número de afiliación a la Seguridad Social
- Categoría o grupo profesional
- Grupo de cotización a la que pertenece el trabajador
¿Qué es la categoría o grupo profesional?
La categoría profesional es la descripción en la que se encuadran las aptitudes profesionales del trabajador, titulaciones y contenido general de la prestación. Por ejemplo una categoría profesional es “Auxiliar Administrativo”, “Jefes Administrativos y de Taller”, etc. Dependiendo de la categoría profesional, al trabajador le corresponderá un grupo de cotización.
¿Qué es el grupo de cotización?
En la página web de la Seguridad Social (http://www.seg-social.es) dentro de la sección de TRABAJADORES, se publican cada año para las categorías y grupos de cotización las bases mínimas.
Podemos interpretar la tabla con el siguiente ejemplo: si en nuestra nómina tenemos como categoría profesional “auxiliar administrativo“, nos corresponde el grupo de cotización “7” y nuestra base de cotización por contingencias comunes (que veremos más adelante) en la nómina tiene que estar entre las bases mínimas y máximas establecidas.
(Fuente: Página web de la Seguridad Social)
LOS DEVENGOS (EL SALARIO)
Se entiende por devengo todas las percepciones que percibe el trabajador formado por:
PERCEPCIONES SALARIALES
Retribuciones percibidas por el desarrollo de la actividad.
- El salario base (cuantía establecida para todas las categorías profesionales en los Convenios Colectivos)
- Complementos salariales (plus convenio, antigüedad, incentivos, plus transporte…)
- Pagas extras (prorrateadas o dos veces al año)
- Salario en especie (coche de empresa, vivienda…)
PERCEPCIONES NO SALARIALES
Son aquellas retribuciones percibidas no por el desarrollo de su actividad sino como compensación de gastos para cubrir situaciones de inactividad, como: las indemnizaciones por despido, percepciones por incapacidad, etc.
La información sobre lo retribución, salarios y complementos la podemos buscar en el Convenio Colectivo de nuestro sector.
DEDUCCIONES
Las deducciones son las cantidades que se restan al importe total de devengo para obtener el líquido a percibir por el trabajador: deducción por cotización a la Seguridad Social y el IRPF.
COTIZACIÓN A LA SEGUIDAD SOCIAL
- Por contingencias comunes
- Por desempleo
- Formación profesional
- Por horas extras
Los porcentajes que se tienen que descontar en la nómina por estos conceptos lo podemos encontrar en la página web de la Seguridad Social (http://www.seg-social.es), en el mismo lugar que el cuadro anterior.
(Fuente: Página web de la Seguridad Social)
Los tipos que aparecerán en la nómina son los relativos a la columna del TRABAJADOR. Los otros tipos los aplicará la empresa en el TC1 y TC2 que tiene que presentar cada mes a la Seguridad Social.
DESCUENTO POR IRPF
Este descuento lo calcula la empresa en función de los devengos a percibir por el trabajador y su situación familiar. Se trata del importe de retenciones que nos quitaremos en la declaración de la renta que realizaremos cuando corresponda. En la página web la AEAT (http://www.aeat.es), en el apartado de DESCARGAS DE PROGRAMAS DE AYUDA, dentro de Renta, anualmente la Agencia Tributaria cuelga un programa que nos permite calcular el tipo de retención a aplicar. (El programa lo calcula en función del bruto que se vaya a percibir en el año teniendo en cuenta las deducciones por Seguridad Social y situación familiar).
LÍQUIDO A PERCIBIR
Al final de la nómina se nos informa de la Bases de Cotización e IRPF sobre la que se han aplicado los porcentajes y el líquido a percibir.
(C) GM3 Contables
01/09/2007
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